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Ayudas para financiar vehículos adaptados afectados por la DANA

Ayudas para financiar vehículos adaptados afectados por la DANA

La Generalitat Valenciana ha puesto en marcha un programa de ayudas destinado a personas con discapacidad y entidades del Tercer Sector que han sufrido la pérdida de su vehículo adaptado debido a los daños ocasionados por la DANA del 29 de octubre de 2024. Esta medida, de gran importancia para garantizar la movilidad de las personas con discapacidad y el funcionamiento de entidades sociales, está en marcha bajo el Código GVA 103397 y tiene un plazo de solicitud abierto desde el 28 de febrero de 2025 hasta el 29 de abril de 2025.

Las ayudas están dirigidas a personas físicas con discapacidad y a entidades del Tercer Sector que han perdido un vehículo adaptado debido a las lluvias torrenciales y la DANA. Estas ayudas tienen como objetivo financiar la adaptación de un nuevo vehículo que permita la movilidad de las personas con discapacidad, así como la eliminación de barreras para el acceso y el transporte colectivo dentro del sector social.

¿A quién va dirigida?

1. Personas físicas:
o El conductor o un miembro de la familia debe tener una discapacidad.
o Deben haber perdido el vehículo debido a la DANA y haberlo dado de baja en el Registro General de Vehículos.
o Deben haber adquirido o estar en proceso de adquirir un nuevo vehículo entre el 30 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 que necesite adaptaciones.

2. Entidades del Tercer Sector:
o Deben acreditar la pérdida del vehículo adaptado debido a la DANA.
o Deben estar inscritas en el registro general de actividades, servicios y centros de servicios sociales.

¿Qué requisitos son necesarios?

• Documentación: Se requiere la presentación de una serie de documentos como:
o Documento de compra o transferencia del vehículo adquirido.
o Factura de las adaptaciones realizadas.
o Documentación técnica que acredite la homologación de la adaptación.
o Para las entidades del Tercer Sector, deben presentar su inscripción en el registro de servicios sociales.

• Plazo máximo de justificación: Los beneficiarios deberán justificar la ayuda hasta el 1 de diciembre de 2025.

¿Cómo solicitar la ayuda?

• Solicitud presencial: Puede realizarse en las Oficinas PROP con la asistencia de personal habilitado, presentando el formulario normalizado.
• Solicitud telemática: Obligatoria para entidades jurídicas y opcional para personas físicas a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
Para comenzar el trámite telemático, los interesados pueden acceder al Formulario de Solicitud Telemática.

¿Qué ayudas están disponibles?

• Para personas físicas: Se concederán ayudas para la compra y adaptación de vehículos nuevos que se adapten a las necesidades de las personas con discapacidad.
• Para entidades del Tercer Sector: Se contempla una ayuda destinada a la adquisición de vehículos adaptados para el transporte colectivo de personas con discapacidad.

Resolución y seguimiento de la solicitud
• Resolución: El plazo máximo para la resolución de las solicitudes es de tres meses desde el fin del plazo de presentación de las solicitudes. Si no se resuelve en este plazo, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.
• Orden de concesión: Las ayudas se concederán por orden de llegada, hasta que se agote el presupuesto disponible.

Obligaciones y justificación

Las personas beneficiarias deben cumplir con una serie de obligaciones:
1. Adquirir un vehículo nuevo, adaptarlo en un taller homologado y legalizar la adaptación.
2. Justificar la ayuda mediante los documentos pertinentes, como la factura de las adaptaciones.
3. Conservar los justificantes y documentación relevante de la ayuda recibida.

Normativa y recursos
La normativa que regula este procedimiento incluye:
• Ley 1/2015 sobre Hacienda Pública y Subvenciones.
• Ley 38/2003 de Subvenciones.
• Real Decreto 887/2006 sobre el reglamento de la Ley General de Subvenciones.
• Ley 39/2015 sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si hay desacuerdos o si se requiere aclaración sobre la resolución, existe la posibilidad de presentar un recurso potestativo de reposición.

Más información
Para consultar más detalles sobre este procedimiento, acceder a formularios y presentar la solicitud, puedes visitar la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
Es importante destacar que las ayudas se conceden hasta que se agote el presupuesto, por lo que se recomienda realizar la solicitud lo antes posible.