29 Jul Ayuda de 1.000 euros por hijo para familias monoparentales
Recientemente ha circulado en redes sociales una noticia falsa sobre una ayuda universal de 1.000 € por hijo. La realidad es que esta ayuda de 1.000 euros por nacimiento sí existe, pero no es universal. Está destinada a familias numerosas, familias monoparentales y madres con una discapacidad igual o superior al 65% que no superan un límite de ingresos determinado, fijado anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (puedes consultar los límites de ingresos en el enlace más abajo).
Además, esta ayuda debe solicitarse dentro de un plazo máximo de 5 años desde el nacimiento o adopción del hijo.
Esta ayuda es una prestación económica única de 1.000 € reconocida por el nacimiento o adopción de un hijo en familias numerosas (incluidas aquellas que se convierten en numerosas con la llegada del bebé), familias monoparentales y en padres o madres con una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no superen un determinado nivel de ingresos.
Si los ingresos anuales del beneficiario superan el límite establecido (Lm) pero son inferiores a la suma de este límite y el importe de la prestación, se recibe una ayuda equivalente a la diferencia entre los ingresos percibidos y dicho importe conjunto.
En familias numerosas donde los padres conviven, cualquiera de los progenitores puede recibir la prestación de común acuerdo. Si no hay acuerdo, la recibe la madre. En caso de no convivencia, la prestación la recibe el progenitor que tenga la guarda y custodia del hijo.
Para recibir esta ayuda, se considera familia monoparental aquella formada por un único progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado y que es el único sustentador de la familia.
Requisitos para cobrar la ayuda de 1.000 € por nacimiento
Para recibir la ayuda de 1.000 € por nacimiento, los progenitores deben cumplir los siguientes requisitos:
- Residir legalmente en territorio español.
- La unidad familiar no puede tener ingresos anuales superiores a los límites establecidos cada año (consultar los límites en el enlace de la Seguridad Social).
- No tener derecho a prestaciones similares en cualquier otro régimen público de protección social.
Compatibilidad de la ayuda de 1.000 euros por nacimiento
Esta ayuda es compatible con:
- Prestación por parto o adopción múltiple y el subsidio especial de maternidad por parto múltiple.
- Asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo, como la prestación por hijo a cargo con discapacidad.
- Pensión de orfandad y en favor de nietos y hermanos.
- Ayudas económicas similares concedidas por una administración local o autonómica.
Incompatibilidades:
Esta prestación es incompatible con otras prestaciones similares establecidas en otros regímenes públicos de protección social (MUFACE, ISFAS, MUGEJU…).
Cómo solicitar la ayuda por nacimiento de 1.000 €
La ayuda de 1.000 € por nacimiento se solicita en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAIS) y la prestación la reconoce y otorga el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
También se puede solicitar por internet a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, siempre que se disponga de un sistema de identificación electrónica (DNI electrónico, certificado electrónico o usuario clave). Puedes encontrar más información sobre cómo obtener estos sistemas de identificación en el artículo «Cómo hacer trámites online con la administración».
Documentación necesaria:
- DNI del solicitante y del otro progenitor/adoptante o certificado de registro de ciudadano de la Unión, o certificado del derecho a residir con carácter permanente junto con pasaporte o documento de identidad en vigor, o tarjeta de identidad de extranjero (TIE) y número de Identidad de extranjero (NIE) en todos los supuestos.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento de los hijos.
- Justificante de ingresos.
- En caso de separación judicial o divorcio: sentencia judicial que acredite dichas situaciones o documento que establezca la guarda y custodia de los hijos.
- En caso de hijos con discapacidad: título de discapacidad.
- En casos de familia numerosa: título de familia numerosa.
- En caso de tutela: resolución judicial mediante la cual se constituye la tutela.
